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Consulta pública previa modificación de las ordenanzas reguladoras de precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. Ejercicio 2025 - Normativa

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Consulta pública previa modificación de las ordenanzas reguladoras de precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario. Ejercicio 2025

21·06·2024

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 20 de junio de 2024 aprobó el inicio del trámite de consulta pública previa a la tramitación de la modificación de las ordenanzas reguladoras de precios públicos y de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario del Ayuntamiento de Oviedo que se enumeran a continuación, por un período de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en la web municipal, y ello a fin de recabar la opinión de los sujetos interesados y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la modificación:

  • Ordenanza nº 300 reguladora del Precio público por la prestación de servicios en las instalaciones culturales.
  • Ordenanza nº 304 reguladora del Precio público por las prestaciones del servicio de ayuda a domicilio y de la Teleasistencia domiciliaria.
  • Ordenanza nº 306 reguladora del Precio público por la prestación de servicios dependientes de las Concejalías de Educación y de Centros Sociales.
  • Ordenanza nº 307 reguladora del Precio público por la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y de recreo municipales.
  • Ordenanza nº 309 reguladora del Precio público por la prestación de servicios educativos en las Escuelas Infantiles de Primer Ciclo (0-3 años).
  • Ordenanza nº 311 reguladora del Precio público por servicios prestados en el Palacio de Exposiciones y Congresos.
  • Ordenanza nº 313 reguladora del Precio público por el uso de los servicios del vivero de empresas de ciencias de la salud.
  • Ordenanza nº 501 reguladora de la Prestación patrimonial de carácter público no tributario por el servicio de cementerio municipal.
  • Ordenanza nº 502 reguladora de la Prestación patrimonial de carácter público no tributario por los servicios de alcantarillado y por vertidos directos de aguas residuales.
  • Ordenanza nº 503 reguladora de la Prestación patrimonial de carácter público no tributario por el servicio de suministro de agua potable.

En cumplimiento del citado acuerdo se abre un período de consulta pública durante 20 días hábiles que abarcan desde el 24 de junio hasta el 19 de julio ambos inclusive, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se publica junto con este anuncio, la memoria de consulta pública previa.

Las aportaciones deberán ser remitidas al Servicio de Gestión Tributaria a través del Registro General.



Modificación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo 15·07·2024

Apertura de un período de consulta pública previa a la aprobación de la modificación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo por modificación del Anexo que recoge las Bases reguladoras del procedimiento de concesión de las ayudas de emergencia social por un período de 20 días hábiles (del 15 de abril al 13 de mayo de 2024, ambos inclusive), en aplicación del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las aportaciones deberán ser remitidas a la siguientes direcciones de correo electrónico: juan.sineriz@oviedo.es y amargarita@oviedo.es.

Propuesta de estructura de costes y fórmula de revisión de precios del contrato de servicios de recogida y transporte de residuos y limpieza... 8·07·2024

Por resolución n.º 2024/9759 del Concejal de Gobierno de Licencias y Disciplina Urbanística, Servicios Básicos, de fecha 24/06/2024, se ha aprobado la propuesta de estructura de costes y fórmula de revisión de precios del contrato de servicio de recogida y transporte de residuos y limpieza viaria en el término municipal de Oviedo.
 
Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que, durante el plazo de veinte días hábiles, a partir de esta publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA núm. 132 de 8-VII-2024), del 9 de julio al 5 de agosto (ambos inclusive), puedan ser formuladas por los interesados las alegaciones que estimen oportunas

Edicto: Aprobación definitiva Estudio de Detalle de la Unidad de Gestión “Ferreros I” (expediente 1100-0093-2005/21) 27·06·2024

El Ayuntamiento de Oviedo, en sesión ordinaria del Pleno celebrada el 5 de septiembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

  • PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Modificado del Estudio de Detalle de la Unidad de Gestión de Ferreros I presentado el 15 de marzo de 2023, junto con la documentación aportada el 18 de julio, con las siguientes condiciones: 
    • En el Proyecto de Compensación el 5% del aprovechamiento total del ámbito (810,41 m2 edificables sobre rasante) que como mínimo habrá de destinarse a usos comerciales o terciarios conforme al Art. 2.3.6 de las Normas Urbanísticas del Plan General, deberá asignarse a las parcelas en las que haya de materializarse.
    • Los proyectos de las edificaciones habrán de definir, para las plantas bajas porticadas que resultarán como consecuencia de la ordenación de volúmenes adoptada, los elementos de protección y límite de éstas frente al suelo público colindante, con condiciones estéticas acordes al resto del edificio, como parte integrante del mismo conformando la fachada al espacio urbano.
    • Como aclaración a las cotas de altura máxima reflejadas en los planos 07 y 08: para la medición de la altura se estará a lo establecido al efecto en el Título 4 de las Normas Urbanísticas del Plan General, que regula condiciones de edificación y uso de plena aplicación según los artículos 2.3.12 y 3.13 de dichas Normas.
    • La mención a bajo cubierta, por encima de las 7 plantas de altura máxima fijada en el Ficha de la Unidad, debe entenderse referida a la posibilidad de una solución de ático o bajo cubierta conforme al Art. 4.1.36 de las Normas Urbanísticas del Plan General.
    • A la vista de las soluciones de conexión con el entorno reflejadas en los planos 07 y 08, en la modificación del proyecto de urbanización ya aprobado, y para adaptarlo a la nueva ordenación, se introducirán los ajustes necesarios para la correcta continuidad de las dotaciones públicas, viarios y espacios libres, sin pendientes o cambios de rasante inadecuados a su uso, atendiendo a los criterios de los técnicos municipales.
  • SEGUNDO.- Publicar el acuerdo en el BOPA, con señalamiento de que el informe ambiental estratégico fue publicado en el BOPA de 1 de agosto de 2023, y remitir a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial dos ejemplares, debidamente diligenciados, del Estudio de Detalle que se aprueba.
  • TERCERO.- Publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oviedo (www.oviedo.es) el Estudio de Detalle que se aprueba. 

Oviedo, a 13 de junio de 2024. Firmado: el Concejal de Gobierno de Planeamiento y Gestión Urbanística, Medio Ambiente, Infraestructuras y Proyectos Estratégicos. Ignacio Cuesta Areces. 

RECURSOS

El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa (arts. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 52.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985), y contra el mismo podrán interponerse los siguientes recursos:

  1. El contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
  2. Con independencia de lo expuesto anteriormente, los interesados podrán también solicitar de la Administración Pública la revocación de sus actos, la rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos, así como interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno (artículo 109 Ley 39/2015)