Zum Inhalt wechseln

Schließen Schließen Schaltfläche

Incidencia en la vivienda habitual de la crisis sanitaria por covid-19.

Se han aprobado varias medidas dirigidas a los inquilinos que no pueden hacer frente al pago del alquiler y a aquellas personas titulares de un préstamo o crédito hipotecario que tienen dificultades de pago derivadas del COVID-19:

  • Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
  • Suspensión de desahucios. En el estado de alarma se suspenden los desahucios hasta seis meses después de la finalización del estado de alarma cuando el inquilino acredite encontrarse en situación de vulnerabilidad sobrevenida por los efectos del COVID-19
  • Prórroga extraordinaria en los contratos de alquiler. Prórroga extraordinaria y automática de seis meses en los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual que expiren durante las medidas especiales de confinamiento de la crisis sanitaria.
  • Microcréditos sin intereses. Se ha aprobado una línea de avales y microcréditos sin gastos ni intereses que podrán devolverse en 6 años, ampliables a 10 años. Estas ayudas deben dedicarse íntegramente al pago del alquiler, y podrán cubrir un importe máximo de seis mensualidades. Además, para aquellos inquilinos que aun así no puedan hacer frente a su alquiler dispondrán de ayudas directas del Estado para poder saldar su deuda (hasta 900 euros al mes y 200 euros de suministros y mantenimiento).
  • Medidas sobre suministros básicos de la vivienda
  • Medidas sobre préstamos hipotecarios