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Por resolución de Alcaldía nº 2024/12.005, de 7 de agosto, se dispuso lo siguiente:
- Los días 8 y 9 de agosto de 2024, las competencias delegadas en materia de Educación, Deportes, Salud Pública y Consumo, (la delegación incluye educación, bibliotecas, escuelas de música, centros de estudio, deportes, salud pública y consumo (OMIC), (según Resolución 2023/9521, de 19 de junio), serán desempeñadas por la Concejala de Gobierno Dª. COVADONGA DÍAZ ÁLVAREZ.
- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página Web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Oviedo, 9 de agosto de 2024. El Alcalde en funciones. Fdo.: Mario Arias Navia
El Presidente de la FMC, por resolución nº 2024/503, de 30 de julio, encomendó, por sustitución, el ejercicio de las funciones de Presidente de la Fundación a la Vicepresidenta, Dª Covadonga Díaz Álvarez, durante los días 5 a 18 de agosto de 2024, ambos inclusive.
Oviedo, 31 de julio de 2024. El Presidente de la FMC. Fdo.: David Álvarez Menéndez
- 1. Disponer el cese como personal eventual asesor de Alcaldía de don Álvaro Fernández Morán, con efectos del 8 de julio de 2024, día anterior a la toma de posesión mediante la firma del contrato en el puesto directivo de Director General de Obras, Instalaciones e Infraestructuras.
- 2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.
Con fecha 04/07/2024 la entidad Otea, Hostelería y Turismo de Asturias, presenta escrito dirigido al Ayuntamiento de Oviedo en el que solicita autorización para la instalación de televisores con sonido en las terrazas de hostelería durante el horario de retransmisión de los partidos de la EUROCOPA 2024.
El artículo 14.5 de la vigente Ordenanza Reguladora de la Instalación de Terrazas de Hostelería en la Vía Pública dispone que: “La autorización de la terraza no incluye la de espectáculos, actuaciones musicales, equipos de música o audiovisuales y, en general, la producción de sonidos en directo o grabados que requerirán, en su caso, una autorización específica. En consecuencia, la utilización de aparatos reproductores de imágenes debe hacerse sin sonido”.
Solicitado informe a la Concejalía de Gobierno de Hostelería Turismo y Congresos sobre si el mencionado evento deportivo supone una causa justificada para conceder la autorización específica, y excepcional, a la que alude el artículo 14.5 de la Ordenanza, se emite dicho informe con fecha 08/07/2024 razonando que: “La Eurocopa de Fútbol constituye uno de los eventos deportivos más relevantes a nivel mediático y, por tanto, económicamente para el sector hostelero en general en nuestro país y, en concreto, en la ciudad de Oviedo. En caso de permitirse excepcionalmente la instalación de televisores con sonido en las terrazas con ocasión de la Eurocopa 2024, ello supondría un impacto económico muy positivo en el sector hostelero y turístico de nuestra ciudad”.
Visto lo anterior, de conformidad con dispuesto en el art. 127.1.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la delegación acordada en sesión de la Junta de Gobierno de 21 de junio del 2023, SE PROPONE:
PRIMERO.- AUTORIZAR, de manera específica y excepcional, la utilización de aparatos reproductores de imágenes con sonido en las terrazas de hostelería durante la retransmisión de los partidos que restan hasta la finalización del Campeonato Europeo de la UEFA (EUROCOPA) 2024, esto es, los partidos de semifinales y final, sometida a las siguientes condiciones:
- La autorización específica estará en vigor, exclusivamente, para los partidos de semifinales y final, durante el tiempo de duración del tiempo de juego. Tanto antes como después de los partidos los televisores se reproducirán sin sonido.
- Solo podrán hacer uso de la citada autorización los titulares de licencias de terrazas válidamente concedidas y en vigor.
- En todo caso, se cumplirá la normativa de ruido, y en concreto, lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, en relación con los valores límite de inmisión contemplados en la tabla B1 del Anexo III de dicha norma; así como la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones.
- Esto implica que, de conformidad con la Zonificación Acústica aprobada por el Ayuntamiento de Oviedo en sesión de la Junta de Gobierno de 8 de julio de 2021, atendiendo al horario de tarde celebración del partido, los equipos de sonido no excederán los siguientes valores límite de inmisión del Real Decreto 1367/2007 de las 7 a las 23 horas:
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 50 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 55 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos: 63 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en c: 60 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 65 dB.
En caso de que los partidos se excedieran más allá de las 23 horas, los valores a aplicar desde esa hora serán los siguientes:
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 40 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 45 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso recreativo y de espectáculos: 53 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del contemplado en c: 50 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 55 dB.
Así mismo, los equipos de sonido tampoco excederán los siguientes valores límite de inmisión* de la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones de las 7 a las 22 horas:
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 45 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 55 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del recreativo o de espectáculos: 65 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 70 dB.
De 22 horas en adelante los valores límites de inmisión serán los siguientes:
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso sanitario, docente y cultural que requiera una especial protección contra la contaminación acústica: 35 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso residencial: 45 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso terciario distinto del recreativo o de espectáculos: 55 dB.
- En zonas del territorio con predominio de suelo de uso industrial: 55 dB.
* En las vías con tráfico rápido o muy intenso (según Anexo I de la Ordenanza), los límites citados de la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente contra ruidos y vibraciones se podrán aumentar en 5 dBA y en las de tráfico pesado y muy intenso (según Anexo I de la Ordenanza) en 15 dBA de las 7 a las 22 horas.
Los titulares de las autorizaciones de terrazas que deseen hacer uso de la autorización específica deberán comprobar en el documento de Zonificación Acústica aprobado por el Ayuntamiento de Oviedo el límite máximo aplicable al lugar de ubicación de su terraza y dotarse de los medios técnicos necesarios para garantizar el cumplimiento de los valores máximos indicados. El incumplimiento de dichos valores máximos será sancionado conforme a lo establecido en la normativa de ruido.
El documento de la Zonificación Acústica definitivamente aprobado puede consultarse en: https://transparencia.oviedo.es/documents/25053/1515329/T-20-289-02_ZONIFICACION_ACUSTICA-OVIEDO_COMPR.PDF_10562773_EXTRA.pdf/0089b999-4a8a-4636-a009-7b89f706a5b3
Los agentes del Servicio de Policía Local comprobarán el cumplimiento de las condiciones expuestas y elevarán acta de denuncia en caso de observar cualquier desviación, para su posterior sanción por el Servicio de Licencias Urbanísticas.
No será posible la reproducción de aparatos de imágenes con sonido en el futuro sino es previa obtención de una nueva autorización excepcional con valoración técnica de las circunstancias concurrentes.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación de esta Resolución en la página web municipal y Boletín de Información Municipal (BIM), así como su comunicación al Servicio de Policía Local, al Servicio de Licencias Urbanísticas y a las Concejalía de Turismo, Hostelería y Congresos, y su difusión por parte de esta última a las asociaciones de hostelería del municipio para su conocimiento y difusión.
RESOLUCIÓN
Se aprueba el anterior informe-propuesta.
Fdo. José Ramón Pando Álvarez
Concejal de Gobierno de Licencias, Disciplina Urbanística y Servicios Básicos.
Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Oviedo en sesión celebrada el día 02 de julio de 2024 se ha realizado la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo consistente en la modificación de las bases reguladoras del procedimiento de concesión de las ayudas de emergencia social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se abre plazo de información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias para la presentación de reclamaciones y sugerencias. En el caso de que no fuera presentada ninguna reclamación el acuerdo de aprobación inicial se entenderá automáticamente elevado a definitivo.
El texto de las bases reguladoras del procedimiento de concesión de las ayudas de emergencia social, objeto de modificación, puede ser consultado tanto en el tablón de edictos como en el tablón de anuncios digital de la sede electrónica: oviedo.es. El expediente completo, que lleva número 4900-0200/2024/1, está a disposición para su consulta en las oficinas del Área de Políticas Sociales, en la calle Martínez Marina nº 10-2º de Oviedo, de 9 a 14 horas previa solicitud de cita previa al teléfono 985953211.
Oviedo, a 04 de julio de 2024. El Secretario General del Pleno. Fdo: Jesús Fernández de la Puente Pérez
La Alcaldía por resolución nº 2024/9375 de 18 de junio, dispuso lo siguiente:
- Tomar conocimiento y aceptar la renuncia al régimen de dedicación exclusiva de Don Gaspar Llamazares Trigo, por haberse jubilado con efectos del pasado día 28 de mayo de 2024.
- Disponer el incremento del régimen de dedicación de Don Alejandro Suárez González, pasando del actual régimen de dedicación al 50 por ciento a dedicación exclusiva, con efectos de la fecha de la presente Resolución.
Responsabilidades: integrante de la Comisión Plenaria Permante de Economía, Interior, Contratación, Seguridad Ciudadana y Participación; integrante de la Comisión Especial de Cuentas. Complementariamente control y seguimiento de la gestión de gobierno en las áreas que decida el Grupo municipal. - Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página web municipal así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Oviedo, 19 de junio de 2024. El Alcalde, Alfredo Canteli Fernández
Por Resolución de Alcaldía nº 2024/5502, de 9 de abril, se dispuso lo siguiente:
- Cesar con efectos de 10 de abril de 2024 a don Antonio Salgado Gil como asesor del Grupo Popular.
- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.
Oviedo, 10 de abril de 2024. El Alcalde. Fdo.- Alfredo Canteli Fernández
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 4 de abril de 2024, adoptó el siguiente acuerdo en el expediente de referencia:
- Primero. - Que se inicie expediente de cesión al Principado de Asturias de la parcela resto de la Manzana B.24 del Proyecto de Compensación del Plan Parcial nº 2 Monte Cerrao (El Monte Cerráu), de 12.606,04 metros cuadrados, destinada a Equipamiento Educativo Escolar (construcción de un Centro de Educación Especial), descrita en el apartado segundo (bien 69864 de epígrafe de “Terrenos Urbanos” del Inventario Municipal de Bienes).
Se halla inscrita en Registro de la Propiedad número 5 de Oviedo al tomo 3126, libro 2163, folio 166, finca 10952. Parcela catastral 8036902TP6073N0001KQ. - Segundo. - El fin de la cesión será la construcción de un Centro de Educación Especial, debiendo ser destinada la parcela cedida a tal uso en el plazo de cinco años, manteniendo su destino durante los treinta años siguientes.
Si pasados estos plazos no se ha establecido el uso o no se mantiene el destino, se considerará resuelta la cesión y revertirá la parcela al Ayuntamiento gratuitamente junto con las instalaciones, obras y mejoras realizadas.
Las obras, cualquiera que sea su naturaleza, requerirán la previa licencia municipal. - Tercero. - Que se someta el expediente de cesión a información pública por plazo de quince días, mediante publicación de los correspondientes edictos en el Boletín Oficial del Principado, en el Boletín de información Municipal y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
- Cuarto. - Del acuerdo que se adopte se dará traslado a la Consejería de Educación y a la Dirección General de Patrimonio y Contratación (Servicio de Patrimonio) de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 9 de abril de 2024.-El concejal de Gobierno de Interior, Relaciones Institucionales, Atención Ciudadana, Participación y Distritos. (Delegación efectuada por Resolución de la Alcaldía nº 2023/9521 de 19 de junio)
Por Resolución de Alcaldía nº 2024/4922, de 27 de marzo, se dispuso lo siguiente:
1º.- Cesar, a D. Joaquín Rodríguez Fernández, como asesor del Grupo Municipal VOX, a media jornada del, con efectos desde el 1 de abril del 2024 (incluido)
2º.- Nombrar D. Felipe Antonio Díaz-Miranda Macías, como asesor del Grupo Municipal VOX, a media jornada, con efectos desde el 1 de abril de 2024 (incluido)
3º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y Web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.
Oviedo a 1 de abril de 2024. El Concejal de Gobierno de Interior, R. Institucionales, Atención Ciudadana, Participación y Distritos. Fdo.: Mario Arias Navia.
La Alcaldía por resolución nº 2024/3257 de 27 de febrero, dispuso lo siguiente:
==“1º. Del 18 al 21 de marzo (ambos incluidos), las competencias delegadas por esta Alcaldía en materia de Juventud, Festejos y Centros Sociales (según Resolución 2023/9521, de 19 de junio), serán desempeñadas por la Concejal de Gobierno Dª Concepción Méndez Suárez.
2º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página Web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.”==
Oviedo a 29 de febrero de 2024. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.
La Junta de Gobierno Local mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 1 de febrero 2024, ha aprobado la modificación del régimen de personal eventual consistente en:
Modificar el régimen de personal eventual, en el sentido de que uno de sus asesores/as con dedicación parcial del 75 % pase al 100%, de tal forma que los asesores/as del Grupo Popular, sin modificación de su número total, pasarían a ser: once a jornada completa y tres a jornada parcial del 75%.
En virtud del citado acuerdo, la Alcaldía por Resolución nº 2024/1727 de 1 de de febrero, dispuso lo siguiente:
==”1º. Aprobar la modificación en el régimen de dedicación de uno de los asesores del Grupo Popular, en el sentido de que la asesora, doña María José Suárez Calvo, pase de una dedicación parcial del 75 % a jornada completa (100% de dedicación), con efectos desde el día 1 de febrero de 2024.
2º.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Boletín Informativo y Web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.”==
Oviedo a 5 de febrero de 2024. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández.
La Alcaldía, por resolución nº 2023/ 19.982, de 15 de diciembre, dispuso lo siguiente:
1º. Del 18 al 25 de diciembre de 2023 (ambos incluidos), las competencias delegadas por esta Alcaldía en materia de juventud, fiestas (tanto las fiestas de promoción municipal como la autorización y apoyo a las fiestas de iniciativa popular) y centros sociales (según Resolución 2023/9521, de 19 de junio), serán desempeñadas por la Concejala de Gobierno Dª CONCEPCIÓN MÉNDEZ SUÁREZ.
2º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página Web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Oviedo, 18 de diciembre de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández
- Doña Jennifer Navarro Pérez pasa de una jornada del 50% al 100%.
- Don Joaquín Rodríguez Fernández pasa de una jornada del 100% al 50%.
La Alcaldía, por resolución nº 2023/19.333, de 4 de diciembre, dispuso lo siguiente:
1º. Del 6 al 13 de diciembre de 2023 (ambos incluidos), las competencias delegadas por esta Alcaldía en materia de licencias y disciplina urbanística, limpieza viaria y recogida de basuras, parques y jardines y promoción del medio rural (según Resolución 2023/9521, de 19 de junio), serán desempeñadas por la Concejala de Gobierno Dª COVADONGA DÍAZ ÁLVAREZ.
2º.- Publicar este Decreto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Boletín Informativo y página Web municipal, así como dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Oviedo, 4 de diciembre de 2023. El Alcalde. Fdo.: Alfredo Canteli Fernández